Ejecución Forzosa
Ejecución Forzosa
Las ejecuciones forzosas son los procedimientos judiciales mediante los cuales se hace cumplir coactivamente una obligación reconocida en un título ejecutivo, cuando el deudor no la cumple de manera voluntaria.
Art. 742 - 746.
General: mecanismos legales que tiene el Estado, a través del juez, para obligar al cumplimiento de una sentencia o de una obligación exigible, aun en contra de la voluntad del obligado.
Características
- Finalidad: lograr el cumplimiento efectivo de lo decidido en una sentencia o en un título con fuerza ejecutiva
- Intervención judicial: siempre se realiza bajo la dirección y control de un juez
- Carácter coactivo: se impone por la fuerza pública si el deudor no cumple voluntariamente.
- Respeto al debido proceso: aunque se use la fuerza, se deben respetar los derechos del ejecutado.
Derecho a ejecución forzosa:
Ya que tiene la finalidad de hacer cumplir el contenido de un titulo y dotar de efectividad a la tutela judicial otorgada, el litigante que hubiese obtenido a su favor ejecutoria, puede solicitar u cumplimiento forzoso.
Principio de completa satisfacción del ejecutante:
Se llevara a efecto en los propios términos que figure en la ejecutoria, El ejecutante tendrá derecho a ser indemnizaos en lo daños y perjuicios sufridos incumplimiento, dolo, negligencia o morosidad del ejecutado. así como por cualquier contravención al contenido de la obligación que se ejecute.
¿Qué limites tiene la actividad de ejecución?
1. El contenido del titulo determina los limites
2. Son nulos los actos de ejecución que se extiendan a cuestiones no integradas en la pretensión debatida en el proceso en que constituyó el título y contradigan su contenido
Tipos de Ejecución Forzosa:
1. Ejecución de títulos judiciales (vía de apremio): Pg. 302 código procesal civil, art. 747
- Sentencias Judiciales firmes de condena
- Sentencias Arbitrales firmes de condena
- Los acuerdos y transacciones judiciales aprobados y homologados judicialmente
- Las Multas procesales impuestas por un tribunal
- Cualquier resolución judicial que conforme al código Procesal civil.
2. Ejecución Provisional: Pg. 309, Art. 771
Titulo provisionalmente ejecutables:
- Pronunciamiento de condena contenido en sustancias constitutivas o declarativas
- Sentencias extranjeras que no alcanzaron firmeza.
3. Ejecución Titulo Extra-Judicial: pg. 311, art.
Títulos en donde surge la obligación de pagar cantidad liquida y exigible.
- Instrumento publico: Posterior a un decreto judicial
- Instrumento Privado: Fehacientes suscritos por el obligado o por su representante
- Títulos valores y demás doc. mercantiles.
4. Ejecución por cantidad de Dinero: pg. 317, art. 799
Procesos derivados de la existencia de un titulo de ejecución, siempre que la obligación contenida en el mismo sea liquida.
5. Ejecución de hacer, no hacer y dar cosa determinada: pg. 333, Art. 864
- Ejecución de obligación de hacer no personalísimo
- Ejecución de obligación de efectuar declaración de voluntad
- Ejecución de obligaciones de hacer infatigable o personalísimo
- Ejecución de Obligación de hacer
- Ejecución de Obligación de dar cosas.
6. Ejecución Hipotecaria y prendaria: pg. 339, art. 887
Comentarios
Publicar un comentario