Recurso de Reposición | Procedimiento

 Derecho Penal

Las Cuestiones Susceptibles de reposición son las providencias y autos proferidos (Interlocutorio, Definitivo o auto sobreseimiento) durante el proceso.

Art. 352 y 353 Código Procesal Penal.

Tramite: 

  • Se pedirá en el acto de notificación
  • Por escrito en caso de ser separado a la notificación /Día siguiente hábil

El órgano Jurisdiccional deberá resolver el recurso dentro de las 24hrs siguientes a su interposición.

Si fue durante una audiencia. Se interpondrá verbalmente como se haya pronunciado la resolución, teniendo que ser resulto en forma inmediata.

⚠️Contra la resolución que declare sin lugar una reposición no cabe recurso alguno.


Comentarios

Entradas populares de este blog

Conflictos Colectivos de Trabajo

Los Casos Más Frecuentes en Honduras: Prevención, Soluciones y Análisis Jurídico

Consultorios Jurídicos En Honduras